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REQUISITOS REGLAMENTARIOS PARA EL USO DE GIROS INTERNACIONALES

Explore los estándares legales, bancarios y de cumplimiento para el uso de giros internacionales

Un giro internacional, a menudo llamado giro bancario, es un instrumento negociable prepagado y seguro emitido por un banco en nombre de un cliente para pagar una cantidad específica a un beneficiario en el extranjero. Estos giros representan una garantía directa del banco emisor, lo que permite pagos transfronterizos en lugares donde no se aceptan cheques personales. Los giros internacionales se basan tradicionalmente en relaciones de corresponsalía bancaria y suelen emitirse en las principales divisas, como el dólar estadounidense, el euro, la libra esterlina o el yen japonés.Los giros internacionales se utilizan a menudo en transacciones de alto valor o conservadoras, como la compra de propiedades, el pago de matrículas o negocios, especialmente cuando las transferencias bancarias no son viables o deseables. Su atractivo reside en la credibilidad y la seguridad de pago que ofrecen a los beneficiarios de todo el mundo.Sin embargo, aunque la estructura de los giros internacionales parece sencilla, su uso está regulado por normativas nacionales y supranacionales para prevenir delitos financieros, proteger a los consumidores y garantizar la cooperación transfronteriza. Las instituciones financieras, las empresas y las personas que utilizan estos instrumentos deben comprender el complejo entorno regulatorio que los rodea.

Este artículo describe los principales requisitos regulatorios, las medidas de cumplimiento y las normas operativas asociadas con el uso de giros internacionales.

Los giros internacionales, al igual que otros instrumentos financieros transfronterizos, están sujetos a varios niveles de escrutinio regulatorio. Estos incluyen tanto a los organismos internacionales de normalización como a las autoridades financieras nacionales, todos con el objetivo de equilibrar la eficiencia de los pagos con la prevención de actividades ilegales, la protección del cliente y la seguridad sistémica. Los marcos clave incluyen:

1. Prevención del Blanqueo de Capitales (ALD) y la Financiación del Terrorismo (CFT)
  • Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI): Supervisa los estándares globales de ALD/CFT. Los bancos que manejan giros internacionales deben adherirse a la debida diligencia del cliente (DDC), la notificación de transacciones sospechosas y las evaluaciones de riesgos exigidas por las recomendaciones del GAFI.
  • Las transacciones relacionadas con giros que superan umbrales específicos se supervisan de cerca, y los emisores deben informar las transacciones grandes, sospechosas o estructuradas.

2. Normativa de Conozca a su Cliente (KYC)
  • Los bancos emisores deben realizar la verificación de identidad, la elaboración de perfiles de riesgo y la comprobación del origen de los fondos de los clientes que solicitan giros internacionales.
  • Se aplica una diligencia debida reforzada si los giros se emiten desde o hacia jurisdicciones de alto riesgo o personas políticamente expuestas (PEP).

3. Normas de pago transfronterizo y transparencia de datos

  • Dado que los giros internacionales involucran a corresponsales y remitentes, las instituciones financieras deben adherirse a los estándares de mensajería de SWIFT o a las normativas locales de intercambio de datos (como la PSD2 en la UE).
  • Los protocolos contra la evasión fiscal, como la FATCA (para ciudadanos estadounidenses) o el CRS (Estándar Común de Información de la OCDE), pueden exigir a los bancos que informen a las autoridades fiscales sobre los pagos relacionados con los giros.

4. Supervisión y Requisitos de Licencia de los Bancos Centrales
  • Muchos bancos centrales regulan la emisión y compensación de instrumentos en moneda extranjera mediante licencias, mandatos de información y umbrales de transacción. Por ejemplo, el Banco de la Reserva de la India restringe el uso de giros internacionales para transacciones de cuentas de capital, a menos que esté permitido.
  • Los reguladores nacionales, como la FCA (Reino Unido), la MAS (Singapur) y la FinCEN (EE. UU.), imponen obligaciones operativas a los bancos y otras instituciones financieras no bancarias que se encargan de la emisión de giros.

5. Consideraciones sobre el Derecho del Consumidor y los Contratos
  • Los países pueden ofrecer recursos en virtud del derecho del consumidor a las personas afectadas por entregas fallidas de letras de cambio, fraude o tergiversaciones en transacciones multinacionales.
  • Además, las letras de cambio utilizadas en contratos comerciales internacionales pueden necesitar alinearse con instrumentos comerciales globales como la UCP 600 (Usos y Prácticas Uniformes para Créditos Documentarios).

De acuerdo con estos marcos, se espera que las instituciones financieras creen una infraestructura de cumplimiento, capaciten periódicamente al personal y auditen las transacciones de forma proactiva.

Los productos bancarios, como cuentas de ahorro, depósitos a plazo y cuentas vinculadas a inversiones, ofrecen estabilidad, liquidez y rentabilidad predecible en un marco regulado, pero también pueden implicar riesgos como bajos rendimientos reales frente a la inflación, riesgo crediticio y comisiones. La clave está en elegir instituciones con buena reputación, comprender los términos y garantías de cada producto y asignar capital de forma que respalde su estabilidad financiera a largo plazo en lugar de comprometerla.

Los productos bancarios, como cuentas de ahorro, depósitos a plazo y cuentas vinculadas a inversiones, ofrecen estabilidad, liquidez y rentabilidad predecible en un marco regulado, pero también pueden implicar riesgos como bajos rendimientos reales frente a la inflación, riesgo crediticio y comisiones. La clave está en elegir instituciones con buena reputación, comprender los términos y garantías de cada producto y asignar capital de forma que respalde su estabilidad financiera a largo plazo en lugar de comprometerla.

Las instituciones financieras deben adoptar medidas operativas específicas para emitir giros internacionales en total cumplimiento normativo. El cumplimiento abarca la documentación, la supervisión de transacciones, los controles cambiarios y las relaciones con los bancos corresponsales. Los procedimientos clave incluyen:

1. Procedimientos de verificación del cliente

  • Todos los solicitantes deben completar un perfil KYC exhaustivo, que incluye la divulgación de documentos de identidad, comprobantes de domicilio y el origen de los fondos.
  • Los bancos pueden implementar una calificación de riesgo basada en el importe de la transacción, la jurisdicción y el comportamiento de la cuenta. Los perfiles de mayor riesgo pueden requerir la aprobación de un alto directivo o una verificación independiente.

2. Flujo de trabajo de emisión de giros
  • Los bancos emiten giros físicos o electrónicos a través de sus sistemas bancarios centrales internos y los concilian con los débitos correspondientes de la cuenta del cliente.
  • Cada giro incluye un número de serie único, una marca de agua, una microimpresión y, a menudo, códigos de corresponsalía bancaria para validar la autenticidad del pago.
  • La emisión en divisas puede estar sujeta a cálculos de tipos de cambio y a la aprobación de las autoridades de supervisión cambiaria, como los bancos centrales.

3. Requisitos de informes y mantenimiento de registros

  • Las transacciones con giros deben reportarse mediante informes de actividades sospechosas (SAR) cuando sea necesario y conservarse según los períodos de retención de datos específicos de cada jurisdicción. Por ejemplo, muchos organismos reguladores exigen un archivo de siete años.
  • Se pueden utilizar herramientas de supervisión de transacciones para detectar la estructuración, la superposición o el uso recurrente de giros que no se ajusten al comportamiento del cliente.

4. Supervisión de Bancos Corresponsales y Jurisdicciones
  • Si un giro bancario se emite contra un corresponsal extranjero, la relación debe formalizarse con políticas aprobadas por los organismos reguladores que cubran el riesgo y el cumplimiento de la normativa ALD.
  • Se debe tener especial cuidado al emitir giros hacia o desde jurisdicciones de alto riesgo o países con marcos regulatorios débiles, como lo señala el GAFI.

5. Límites de Divisas y Transacciones
  • Algunos organismos reguladores imponen montos máximos para las remesas de giros internacionales, especialmente cuando involucran a personas físicas. Estos umbrales varían según la jurisdicción y deben ser monitoreados de cerca por los equipos de cumplimiento.
  • Los bancos también deben garantizar el cumplimiento de los usos restringidos. Por ejemplo, algunos países no permiten el uso de giros bancarios para remesas relacionadas con juegos de azar, compras de criptomonedas o inversiones extranjeras en los mercados de capitales.

Las auditorías internas periódicas y las evaluaciones de cumplimiento son vitales para garantizar el cumplimiento de las normas regulatorias e institucionales. Las instituciones suelen actualizar estos protocolos anualmente o según la evolución de la legislación o las directrices de los organismos reguladores.

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